I.P.S. “El examen de salud de los asegurados es obligatorio”.

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Nueva reglamentación a partir del 1 de junio.

I.P.S.

El Consejo de Administración del IPS, dispuso a través de las Resolución C.A. N° 099-022/16 y la N° 24-009/17 que a partir del 1° de junio de 2017, entrará a regir el reglamento que establece la presentación del examen médico; conforme al tipo de actividad laboral, para la admisión de los trabajadores al Seguro Social.

Se requiere que los trabajadores deban someterse a exámenes periódicos establecidos por el empleador, sin costo para aquellos, según el Código del Trabajo, Art. 275.

Por tanto, el IPS solicitará a cada empleador estos exámenes; siendo una obligación legal, en caso de sospecha de fraude al seguro o al momento de la inscripción al seguro del IPS.

La referida normativa busca eliminar los seguros de favor, que se dan, ante la falta de un efectivo control en el acceso al Seguro Social del IPS, lo que perjudica económicamente al Instituto. A raíz de estos tipos de seguros se brindan tratamientos de elevados costos, a personas que no están en condiciones de cumplir con contratos de trabajo, y por ende, carecen de derechos para constituirse en asegurados del IPS.

El Departamento Médico podrá disponer las medidas necesarias para que dicho examen se realice en forma sistemática y cada vez que lo crea conveniente, según el Decreto Ley N° 10.810/52 “Por el cual se aprueban los Reglamentos del Decreto Ley N° 1860 del 1o de diciembre de 1950”.

Se aclara además que el incumplimiento de esta norma contraerá la aplicación de multas a las patronales, equivalente a la suma de G.15.000 por día, debido a la omisión de informar datos a la institución, hasta que se dé cumplimiento a lo requerido.

Fuente: I.P.S. 

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